La jueza de Florida de 4º turno, Noelia Gutiérrez Aguinaga, resolvió este martes archivar la denuncia presentada por el Consejo Directivo Central (Codicen) de la Administración Nacional de Educación Pública ( ANEP) sobre una presunta vulneración del derecho a la educación de un grupo de niños, niñas y adolescentes pertenecientes a la comunidad menonita instalada en la ciudad de Florida.

"No se visualizan derechos vulnerados de los niños, niñas y adolescentes que conforman la comunidad menonita por lo que no corresponde adoptar medidas de protección", afirma la jueza en su dictamen.

"Tras el análisis del caso concreto, las pruebas aportadas conformadas por: informe de INAU, informe de CEVDG, informe de ANEP, certificados presentados por los progenitores, declaración de representante de Codicen, de Escuelas Disfrutables, de INAU, de los niños, niñas y adolescentes a través de su defensa, de los progenitores se concluye que el derecho a la educación no se encuentra vulnerado", sostiene la magistrada.

En la sentencia, menciona el derecho a la educación consagrada por el artículo 28 de la Convención sobre los Derechos del Niño y la garantía de la libertad de enseñanza, prevista en el artículo 68 de la Constitución, y la obligatoriedad, establecida por el artículo 70 de la Carta Magna. También refiere a la obligatoriedad, el artículo 7 de la Ley General de Educación, 18.437.

Daniel Torres, abogado de la comunidad menonita, habló en la 33