El Parlamento aprobó una ley que reglamenta los artículos 37 y 38 de la Constitución. De esa manera limitó “transitoriamente, y por razones de salud pública, el derecho de reunión” por 60 días.

El derecho de reunión pacífica y sin armas, consagrado en el artículo 38 de la Constitución, ha sido limitado de forma transitoria. Senadores y Diputados aprobaron ayer la ley enviada el jueves por el Poder Ejecutivo que “suspende las aglomeraciones de personas que generen un riesgo sanitario”. La restricción regirá desde el lunes por un plazo de 60 días, con una única prórroga posible de otros 60 días. Al justificar su voto, la senadora Gloria Rodríguez dejó constancia de que pasaron casi 10 horas “en discusiones bizantinas”. “No predicamos con el ejemplo”, agregó.

El presidente Luis Lacalle Pou firmará en las próximas horas la reglamentación de la ley que, según fuentes del gobierno, comenzará a regir el lunes. Desde entonces, “el Poder Ejecutivo, a través de los ministerios competentes y los gobiernos departamentales en sus respectivas jurisdicciones” podrá “disponer el cese de aglomeraciones de personas que generen un notorio riesgo sanitario y de las reuniones que se realicen en contravención de las medidas sanitarias y protocolos dispuestos por la autoridad competente”.

Fuente: El Pais.