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El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca estableció la vacunación obligatoria contra la Influenza Aviar altamente patógena a partir del 2 de mayo de 2023, para Gallus gallus domesticus reproductoras livianas, pesadas y ponedoras de establecimientos comerciales.

La resolución establece además que la estrategia de distribución de vacunas y su control será determinada por la División Sanidad Animal.

La influenza aviar es una enfermedad extremadamente contagiosa, de alta mortalidad y propagación que afecta aves de corral, pero también más de 100 especies silvestres, principalmente aves acuáticas y/o costeras como patos, gansos, cisnes, gaviotas y golondrinas de mar, cigüeñas, pingüinos, entre otras, inclusive mamíferos.

Uruguay lleva 10 focos de influenza aviar, pero hasta el momento sólo se registraron casos en aves de transpatio y fauna silvestre. Todas las sospechas deben ser notificadas al MGAP aunque la enfermedad no afecta el consumo de carne aviar y huesos. El contacto con aves enfermas de influenza puede afectar al hombre, por lo que se exhorta a la población a notificar la presencia de aves muertas o con sintomatología nerviosa, digestiva o respiratoria.

Asimismo, se exhorta a productores y veterinarios de libre ejercicio a estar alertas y denunciar frente a la constatación de casos sospechosos. No se pueden trasladar aves muertas o enfermas. Notificaciones de sospechas se hacen a través de los correos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o a las oficinas zonales locales del MGAP.

 

 

Fuente: El Pais